OSCAR BADALONI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
Cuando la conducta que se investiga constituye "prima facie" un delito de naturaleza común, que por sus características no puede ser consider ado de aquellos que contempla el artículo 3° de la ley 48, corresponde decidir la competencia a favor de la justicia ordinaria.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federal es.
Correspondea lajusticia ordinaria entender en la causa en que se imputa a una entidad bancaria privada haber retenido indebidamente fondos de un depositante, sin que las disposiciones de carácter federal, cuya interpretación podría resultar necesaria para evaluar la naturaleza delictiva del hecho motivo de denuncia -decreto 1570/01-, surtan la jurisdicción federal en las instancias ordinarias (arts. 3° de la ley 48 y 33 del Código Procesal Penal de la Nación).
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Entre el Juzgado Federal N° 4 y el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción N° 13, ambos de Rosario, Provincia de Santa Fe, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa instruida con motivo de la denuncia formulada por Oscar Badaloni.
En ella refiere que vencido un plazo fijo en dólares en el Bank Boston, sucursal Rosario —cuyo importe el banco había transferido a una caja de ahorro- habría intentado retirar la totalidad del dinero, pero que personal de dicha entidad le informó que, de acuerdo a lo establecido en el decreto 1570/01, sólo podría extraer la suma de doscientos cincuenta dólares estadounidenses (fs. 5/8).
El juez federal declaró su incompetencia a favor dela justicia ordinaria al considerar que, de haberse cometido un delito, éste sería el previsto en el art. 173, inc. 2?, del Código Penal, y que, tanto el autor
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:126
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