LEY: Derogación.
En cuanto a su derogación o reemplazo, los decretos y normas reglamentarias participan del mismo régimen que las leyes, en cuanto a que ningún derecho adquirido puede impedir su remoción del ordenamiento jurídico pues, de lo contrario, importaría admitir el postulado de la inamovilidad del derecho objetivo en materia reglamentaria.
LEY: Derogación.
La modificación de leyes por otras posteriores no da lugar a cuestión constitucional alguna, ya que nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos ni a la inalterabilidad de los mismos.
LEY: Derogación.
La continuidad de un reglamento no constituye, en sí misma, una situación jurídicamente tutelada.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.
Si, a la fecha de la derogación del decreto 1520/99 por virtud del decreto 138/ 99, la actora solicitó que se aplicara el sistema de cancelación de deudas allí establecido, cabe reconocerle el derecho adquirido a solventar sus obligaciones tributarias mediante la dación en pago de espacios publicitarios en la programación de la emisora a su cargo, propuesta por el primer decreto.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.
El desconocimiento de derechos adquiridos con anterioridad, y la profusión de disposiciones y el vertiginoso cambio normativo en materia de reglamentaciones tributarias -que impide establecer con la certeza que es exigible las normas a las cuales los contribuyentes pueden ajustar su comportamiento— conspira contra el principio de seguridad jurídica, que posee raigambre constitucional.
LEY: Derogación.
No configura cuestión constitucional alguna el uso por parte del Poder Ejecutivo de su facultad de derogar una norma anterior por otra posterior de igual jerarquía (Disidencia de los Dres. Carlos 5. Fayt, Augusto César Belluscio y Enrique Santiago Petracchi).
LEY: Vigencia.
La Constitución Nacional no impone una versión reglamentaria en materia de validez intertemporal de leyes, por lo que el legislador o el juez, en sus respectivas esferas, podrán establecer o resolver que la ley nueva destruya o modifi
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2876
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