ILDA ELSA MEISSNER v. GOBIERNO DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES
7 JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
No existiendo disposición expresa en contrario, ha de estarse a la radicación definitiva de los procesos en los casos en que la ley modifica las reglas de la competencia, toda vez que ese criterio es el que mejor concuerda con la conveniencia de obviar el planteamiento de conflictos jurisdiccionales con miras a lograr la pronta terminación de los procesos requerida por la buena administración de justicia.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
Las modificaciones que la ley establece para la competencia no son obstáculo a que el juicio continúe ante el tribunal donde se hallaba radicado lo que ocurre con las apelaciones válidamente concedidas antes de la modificación legal.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
El límite para la transferencia de expedientes está dado por el principio .
de radicación, el cual se configura con el dictado de lo que se denominó "actos típicamente jurisdiccionales", que-son aquellos que importan la decisión de un conflicto mediante la adecuación de las normas aplicables, como resulta característico de la función jurisdiccional encomendada a los jueces.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
Las causas en las que ha recaído un acto jurisdiccional ya sea que se encuentre firme o no, o que dé por terminado el proceso por alguna de las formas de extinción previstas en la ley deben continuar su trámite hasta finiquitar el pleito ante el fuero que lo dictó.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Corresponde a la competencia de la Justicia Nacional en lo Civil seguir entendiendo en la demanda interpuesta por una jubilada municipal, contra el Gobierno de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de obtener una suma de dinero en concepto de reajustes previsionales.
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2695
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