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Fallos: 325:2455 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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h) Adquirir, enajenar o permutar bienes muebles e inmuebles, debiendo en lo referente a estos últimos, contar con la aprobación previa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

i) Elevar semestralmente un estado de cuentas, y anualmente, un balance de su activo y pasivo y un informe, sobre, lo actuado en el ejercicio, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

j) Administrar la Obra Social organizando su contabilidad de modo tal que el estado económico de la misma resulte fielmente de las constancias de sus registros, los que deberán llevarse al día.

k) Disponer pagos e inversiones y cuidar la percepción de recursos, administrándolos exclusivamente con relación a los fines de la Obra Social, no pudiendo disponer de los mismos para efectuar contribuciones a otras instituciones, fondos, etc., ajenos al Poder Judicial de la Nación.

1) Ejercer la superintendencia sobre todo el' personal de, la Obra Social con potestad disciplinaria sobre el mismo, en las condiciones establecidas por el Reglamento para la Justicia Nacional.

m) Resolver acerca de las solicitudes de afiliación y desafiliación y respecto de la suspensión de los beneficios asistenciales, pudiendo requerir, al efecto, la información que estime necesaria.

n) Decidir acerca del otorgamiento de créditos y subsidios, y el pago o devolución de gastos de asistencia médica, o la prestación de otros servicios, en los casos no previstos por los respectivos reglamentos.

ñ) Resolver, en términos generales y dentro del espíritu del presente Estatuto y de las reglamentaciones especiales que se dicten, las situaciones no contempladas en aquél o en éstas.

Art. 18) El Subdirector Administrativo será un funcionario designado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a quien ésta encomendará el desempeño de las correspondientes funciones, que desarrollará durante el tiempo que el Tribunal disponga. Durante ese lapso, acatará las directivas del Director General.

Art. 19) Serán funciones y atribuciones del Subdirector Administrativo a) Colaborar en forma directa o inmediata con el Director General en todas sus funciones, asumiendo las que aquél le encomiende, y reemplazándolo en las ocasiones a que se hace referencia en el Art. 16.

b) Cuidar la inmediata ejecución de las disposiciones del Director General, suscribiendo las órdenes y comunicaciones que sean necesarias a tal fin.

c) Cuidar el estricto cumplimiento de las normas contables establecidas, su registro y su actualización diarios.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2455 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2455

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