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Fallos: 325:2436 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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ANA MARIA BATISTUTTI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

La intervención del fuero de excepción está condicionada a la existencia de hechos que puedan perjudicar directa y efectivamente a la Nación.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

No es competente la justicia federal para investigar el delito de falsedad ideológica pues al no haber sido presentado el formulario de transferencia cuestionado ante el Registro Nacional de Automotores, la conducta invetigada no afecta intereses nacionales.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

Entre el Juzgado Federal N° 1 y el Juzgado de Instrucción N° 3, ambos de Paraná, provincia de Entre Ríos, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa instruida contra Ana María Batistutti por el delito previsto y reprimido en el artículo 293 del Código Penal.

De la lectura de los antecedentes agregados surge que aquélla en su calidad de gestora de quien se habría identificado, mediante la utilización de un Documento Nacional de Identidad presuntamente adulterado, como Carlos Darío Silva, se presentó ante la escribana Viviana Fanny Guibert y logró la certificación de un formulario "08".

Asimismo, se desprende que la notaria procedió a constatar, ante las dudas que le habría generado aquel instrumento, que la persona que se había hecho presente ante su registro no era el mencionado Silva.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2436 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2436

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