RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite.
Corresponde declarar la nulidad de la concesión del remedio federal, si los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidencian que la cámara no analizó circunstanciadamente ("con toda menudencia, sin omitir ninguna circunstancia o particularidad", según la definición de la Real Academia) la apelación federal para poder valorar si cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2002.
Vistos los autos: Western Universal Management Inc. c/ Vila, José Luis y otro s/ medida precautoria".
Considerando:
1) Que el recurso extraordinario de fs. 199/204, interpuesto contra el fallo de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de fs. 185/185 vta., se fundó "en la existencia de manifiestos errores iuris in iudicando" que se habrían plasmado en "una decisión que adolece de arbitrariedad" (fs. 199).
Cabe señalar que el pronunciamiento de la cámara había revocado la decisión de primera instancia que hizo lugar al pedido de la actora de serle reintegrada la contracautela ($ 100.000), ordenada al momento de decretarse la medida cautelar de prohibición de innovar (fs. 46, 151/ 155 y 185/185 vta.).
La apelante sostuvo, entre otras cosas, que el fallo impugnado importaba "la asignación al instituto de la contracautela [...] de fines distintos a los que expresamente prevé la ley" (fs. 204). Alegó, asimismo, que la sentencia incurría en diversos errores conceptuales (fs. 201 y 203 vta.).
2) Que el a quo concedió el recurso extraordinario con la sola mención de que "cuando, como en el caso aparece omitido el tratamiento de aquella cuestión que señala el recurrente, y tal omisión, en la medida
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2320
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