mediata de los resultados del escrutinio para hacerla conocer al público por intermedio de la central de información ubicada en el Salón Blanco, como así también "la regularización de las entregas parciales posteriores con la frecuencia establecida contractualmente". El coordinador del área comercial de E.N.Co.Te.S.A. respondió que hasta ese momento se habían cargado aproximadamente 350 telegramas, pero que "por problemas surgidos en sus programas no ha sido posible su copiado en soportes magnéticos para su envío, encontrándose los técnicos de la empresa trabajando para solucionar el problema y ofreciendo su concurrencia al Salón Blanco...para brindar en conferencia de prensa las explicaciones del caso" (sic; énfasis agregado).
La constatación finalizó a las 2 del 4 de septiembre, de manera que resulta claro que hasta ese momento la demandada no había suministrado información a la provincia -ni "vía modem" ni mediante soportes magnéticos ni de ninguna otra forma— acerca del resultado del escrutinio.
14) Que el testigo Bavio (propuesto por la demandada) sostuvo que la empresa empezó a enviar información mediante soportes magnéticos (diskettes) "a las dos o tres de la mañana del día lunes [es decir, el 4 de septiembrel, no está seguro de la hora" (sic; fs. 748/749). Más allá de la imprecisión de dicha declaración, ella no aparece corroborada por otros elementos probatorios. ! Por el contrario, E.N.Co.Te.S.A. acompañó como prueba documental una serie de "listados informáticos" de los comicios, el primero de los cuales aparece como emitido alas 4.55 del 4 de septiembre y recibido a las 5.15 del mismo día (ver folios 154/168 de la caja de prueba reservada), lo cual concuerda con la versión de la actora acerca de que los primeros datos del escrutinio habían sido entregados por empleados del correo a las 5.15 del día posterior a los comicios (ver fs. 143).
En esa lista se registra información de 709 mesas, que representaban aproximadamente un 9,25 del total.
En consecuencia, resulta antojadiza la afirmación de E.N.Co.Te.S.A.
acerca de que "a las 5 horas 15 minutos del día 4 de setiembre de 1995 la actora ya había recepcionado.../a casi totalidad de los datos del escrutinio provisional" (sic, fs. 49 in fine; énfasis agregado).
15) Que con posterioridad a esa primera entrega, el mismo 4 de septiembre la demandada remitió a la provincia dos listas más, a las 6.07 y alas 7.10 (folios 169/198 de la caja reservada).
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1778 
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