VICENTE DOMINGO HOURQUESCOS
v. TRIBUNAL De CUENTAS DE La NACION RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federal es simples. Interpretación de las leyes federales. L eyes federales en general.
Es admisible el recurso extraordinario si se ha puesto en tela de juicio la inteligencia de normas de naturaleza federal -ley 12.709- y la decisión ha sido contraria a las pretensiones que el recurrente funda en ellas.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.
Si los agravios vinculados con la arbitrariedad de sentencia se encuentran inescindiblemente ligados a los referentes a la interpretación de las normas federales resulta procedente tratar en forma conjunta ambos temas.
DIRECTORES DE SOCIEDADES ANONIMAS.
De acuerdo con lo dispuesto por el decreto 898/89, los fondos con los que se abonan los haberes de los miembros de los directores de sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, no pueden ser considerados retribución estatal, sino provenientes de la actividad desarrollada por una sociedad regida por el derecho privado en lo que se refiere a su objeto específico y al sistema de incompatibilidades de sus director es.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que condenó al actor a devolver los haberes percibidos, por haber desempeñado en forma simultánea un cargoen la función pública y en una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria, si desconoció que el decreto 898/89 aclaró expresamente que los directores de aquellas sociedades no se encontraban alcanzados por los diver sos regímenes de incompatibilidad vigentes, cuestión que resultaba de ineludible consideración para resolver la situación.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.
Es arbitraria la sentencia que condenó al actor a devolver los haberes percibidos, por haber desempeñado en forma simultánea un cargo en la función pública y en una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria, si la cámara se remitió a un precedente cuya atinencia al caso se presenta como dudosa, sin efectuar consideración alguna respecto de los hechos acreditados en la causa.
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:309
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