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DISIDENCIA PARCIAL DE LOS SEÑORES MINISTROS
DOCTORES DON AuGusTto César BELLUscIO Y DON ANTONIO BocGIANO Considerando:
Que los infrascriptos coinciden con los considerandos 1° a 7° del voto de la mayoría.
Por ello se resuelve: Rechazar la demanda, con costas. Notifíquese.
AUGUSTO César BELLuscio — ANTONIO BOGGIANO.
DIMENSION INTEGRAL DE RADIODIFUSION S.R.L.
v. PROVINCIA ve SAN LUIS JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la CorteSuprema. Causas en quees parteuna provincia. Causas civiles. Distinta vecindad.
La "vecindad" exigida por el art. 11 de la ley 48 esla constituida por la residencia real dela persona en un lugar con el ánimo de permanecer en él, y no dependede dedaraciones hechas por el interesado con fines electorales o de otra índole, ni de las certificaciones de autoridades públicas, sino de las múltiples circunstancias de hecho que permitan comprobarla con los caracteres que la ley exige.
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
Corresponde disponer el levantamiento del embargo trabado en la causa penal seguida por estafa procesal, si no se ha aportado razón alguna que autorice a concluir que, en lo que a la determinación de la competencia originaria serefiere, se haya hecho uso de un artificio, entendido como medio empleado hábil y mañosamente para el logro de aquel intento, que recomiende esperar la decisión final del juez penal, para sólo entonces cumplir la sentencia dictada por la Corte.
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
La Corteno puede permitir lo que cabe calificar como una darainterferencia en sus decisiones, y como una intromisión impertinente tal que impide que se cum
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3025
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