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Fallos: 323:679 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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severidad, irrazonable o inicua, y encuentra fundamento en las peculiares condiciones de la actividad.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de marzo de 2000.

Vistos los autos: "Brody Vigh Veiss, Pedro c/ Chaco, Provincia del y otro s/ ordinario", de los que Resulta:

1) A fs. 26/33 se presenta el señor Pedro Brody Vigh Veiss y demanda a la Lotería Chaqueña y a la Provincia del Chaco —que garantiza las operaciones de la primera por cobro de un premio correspondiente a la emisión 1354 del concurso organizado por aquélla.

Dice que a fines del año 1993 adquirió una fracción de billete que constaba de tres cupones, uno de los cuales —el llamado "de resolución inmediata" presentaba cuatro sectores cubiertos con una tinta removible de color gris; los dos primeros debían ser raspados por el adquirente del billete, mientras que los dos restantes estaban reservados para el control a efectuarse por la agencia y por la Lotería. El primer premio asignado a ese cupón consistía en la entrega de un departamento, de un automóvil "cero kilómetro" y de la suma de $ 250.000.

Relata que al raspar los sectores correspondientes descubrió que en uno de ellos aparecía el texto "1 DEPTO + 1 OKM + $ 250.000", como así también los números 7, 8, 6, 8, 7 y 9. Por ello presumió que era el ganador de aquellos bienes, lo que le fue confirmado por el agente que le vendió el billete. Sin embargo, al reclamar su premio ante la delegación de Lotería Chaqueña en la Capital Federal, aquélla le respondió que debía presentarse munido del cupón que debía contener "cuatro números iguales a la clave", los cuales debían confirmarse con los registros de control impresos bajo cubierta en los sectores que decían "no raspar", con lo que se introducía un requisito nuevo y desconocido para su parte, ya que en el anuncio de propaganda del sorteo obrante en las agencias y en la misma delegación de Lotería Chaque

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:679 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-679

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