torna insustancial el tratamiento del agravio sobre la prueba de las horas extraordinarias, también formulado por la demandada. Buenos Aires, 11 de febrero de 2000. Felipe Daniel Obarrio.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2000.
Vistos los autos: "Turri, Ana María c/ Siembra A.F.J.P. S.A. s/ despido".
Considerando: Que este Tribunal comparte íntegramente los fundamentos y conclusiones expuestos por el señor Procurador Fiscal en su dictamen de fs. 473/4738 vta. al que cabe remitir, en razón de brevedad.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas en el orden causado en atención a las circunstancias de la controversia (art.
68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda se dicte nuevo fallo con arreglo al presente. Notifíquese y, —.
oportunamente, remítase.
EpuarDo MoLINE O'Connor — AUGUSTO César BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO --- GUILLERMO A. F. López — GusTavo A. Bosserrt — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
DOLCE NEVE S.A. .
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Sentencia definitiva.
Resoluciones anteriores.
No constituye sentencia definitiva, a los efectos del recurso ordinario de apelación, la que se limita a declarar la competencia del Tribunal Fiscal para resolver sobre el tema planteado, devolviéndole los autos a fin de que se pronuncie al respecto. "
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2727
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