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Fallos: 323:2598 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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323 .

cho procesal local cuya interpretación y aplicación es ajena a la jurisdicción nacional.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.

No corresponde a la Corte Suprema determinar en concreto qué tribunal debe intervenir en conflictos jurisdiccionales locales, desde que su dilucidación resultará de la aplicación que hagan de las leyes de provincia los órganos judiciales que ellas contemplan.

DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL .
Suprema Corte:

Entre los titulares del Juzgado del Crimen N° 1 de Villa Mercedes, provincia de San Luis y del Juzgado en lo Penal de Instrucción de Melincué, Provincia de Santa Fe, se suscitó la presente contienda negativa de competencia, con motivo de la denuncia de Miguel Angel Macenas por apremios ilegales. En ella refiere que en oportunidad de ser trasladado por personal policial de la Provincia de Santa Fé, desde la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, donde habría sido detenido por un robo ocurrido en el año 1997 contra una sucursal del "Banco de la Provincia de Santa Fe", sita en la localidad santafecina de Magiolo, y que en definitiva determinara su desplazamiento al penal de Melincué, en la misma provincia, fue apremiado y torturado por la comisión que lo transportaba en una casa quinta ubicada en el cruce de las rutas 8 y 33, cercana al mencionado centro de detención (fs. 4/5).

El juez de San Luis declinó su competencia ratione loci, al sostener que el hecho se habría cometido en cercanías de Melincué, Provincia de Santa Fé (fs. 32 y vta.).

El magistrado santafecino, por su parte, rechazó la declinatoria y devolvió las actuaciones con fundamento en que, si bien el hecho habría ocurrido en el cruce de las rutas 8 y 33, correspondía entender en la investigación al Juzgado en lo Penal de Instrucción de Venado Tuerto, —.

de su misma provincia (fs. 33 y vta.).

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2598 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-2598

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