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Fallos: 323:2469 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que desestimó la impugnación del accionante, sin concretar el examen de prueba documental de relevancia, que por error no fue elevada al concederse la apelación y permaneció reservada en el tribunal de primera instancia, por carecer de fundamentos suficientes que la avalen y así posibilitar el examen de la eventual virtualidad de esa documental para alterar las conclusiones del magistrado de grado.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—|-

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IV), acogió el recurso de apelación interpuesto por la actora e hizo lugar a los rubros sustentados en los artículos 8 y 15 dela ley 24.013. Desestimó, por su parte, el deducido por la demandada, confirmando, en cuantoal punto, la decisión de mérito, que obra a fs. 406/413 de estas actuaciones.

Para así decidir, juzgó, en lo esencial, que la condición de abogado del reclamante no empece a su calidad de dependiente, por lo que la falta dereciamo de los rubros basados en la ley 24.013 durante el término de la relación laboral, no inviabiliza su procedencia. Observó, asimismo, en lo que atañe al remedio de la demandada, que la decisión que decretó la incomparecencia de la parte nofue cuestionada oportunamente, contexto en el cual, señaló, adquirieron relevancia los efectos presuncionales de la norma puesto que concernía a la parte accionada desvirtuarlos. Destacó, por otra parte, quela aplicación del principio dela primacía dela realidad torna irrelevante la manera en que los contratantes hayan designado al salariodel pretensor; que su falta de registro como dependiente no empece al reclamo; y que el salario denunciado no puede soslayarse so pretexto de que se omitióla registración por no ser el actor un trabajador dependiente (fs. 444/445).

Contra dicha decisión dedujo recurso extraordinario el accionado v. fs. 453/462), el que fue contestado por la contraria a fs. 469/471 y concedido con base en la específica invocación y fundamentación del supuesto de arbitrariedad y en su eventual viabilidad (fs. 473).

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2469 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-2469

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