CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
La operatividad del derecho a gozar de la libertad hasta el momento en que se dicte sentencia de condena, queda asegurada por la posibilidad de obtener la excarcelación durante el proceso en un "plazo razonable" (art. 7, inc. 5" de la Convención Americana sobre Der echos Humanos) (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
La impugnación constitucional sobre la interpretación realizada en la decisión quedenególa excarcelación, de las disposicion es del Código Procesal Penal y del Código Penal, no sejustifica si aquélla seha limitado a una aplicación razonable de las disposiciones que reglamentan el derecho constitucional de obtener la libertad en tanto no medie sentencia penal condenatoria (Voto del Adolfo Roberto Vázquez).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 1° de junio de 2000.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Antonio Angel Vicario en la causa Opatija s/ contrabando de armas arts. 683, 864 inc. a y 867 del Código Aduanero —causa N° 8830", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen ala presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y archívese.
JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr — AUGUSTO CEsar BeLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto) — ANTONIO BocciAno (según su voto) — GuiLLERMO A. F. López — GusTravo A. Bossert (según su voto) — AnoLro Roserto VÁzauez (según su voto).
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1476
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