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Fallos: 322:691 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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actuaciones el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Rosario, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15a. Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

EDuarDo MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. Bossert — ADoLro ROBERTO VÁZQUEZ.
INSTITUTO nr SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS LSSB. v. —
BANCO ve 1 PROVINCIA DE SANTIAGO peL ESTERO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Incidentes y cuestiones conexas. Costas y honorarios.

Resulta improcedente imponer costas si lo decidido por la Corte es un conflicto de competencia suscitado entre jueces y no entre partes litigantes. —,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de abril de 1999.

Atos y Vistos; Considerando:

Que atento que lo decidido por esta Corte, es un conflicto de competencia suscitado entre jueces y no entre partes litigantes, es improcedente imponer costas (Fallos: 295:313 ).

Por ello, se desestiman las peticiones de fs. 159 y 164. Notifíquese y devuélvanse.

EpuarDo MoLIN£ O'Connor — AUGUSTO C£sar BELLUSCIO — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BosseErT — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:691 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-691

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