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Fallos: 322:3132 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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27) Aplicar al mencionado agente 30 (treinta) días de suspensión —art. 16 del decreto ley 1285/58—.

Regístrese, hágase saber, devuélvanse el sumario y el legajo per sonal que corren por cuerda y oportunamente archívense.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GuILLERMO A. F. López — Gustavo A.
BOsserT.


MARIA ISABEL ZAPATERO
LICENCIA.
Corresponde conceder a una juez de cámara licencia sin goce de haberes para desempeñarse en tareas protocolares en el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, si del examen de las normas que la regulan, se desprende quela función de la institución se desarrolla en el área de bienestar social y las tareas para cuyo cumplimiento se formula la solicitud no son remuneradas ni comportan en su ejercicio incompatibilidad alguna (arts. 9 del decreto-ley 1285/58 y 8 del Reglamento para la Justicia Nacional).


RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de diciembre de 1999.

Vista la presentación formulada por la Dra. María | sabel Zapatero, juezde la Sala 1X dela Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, mediantela cual solicita sele otor gue licencia sin goce de haberesa fin de desempeñarse en tareas protocolares como Presidenta Honoraria del Consejo de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires; y Considerando:

Que del examen de las normas que regulan la institución cuya presidencia ejercería la peticionante -eyes 11.097 y 11.737 dela Provincia de Buenos Aires y su decreto reglamentario N° 1905/97 se des

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3132

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