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Fallos: 322:3071 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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42 3071 autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo. Notifíquese y remítase.

EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Caros S. FAYr .


RAUL MONETA y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Conflictos entre jueces.

La Cámara Nacional de Casación Penal, por ser el órgano superior común debe decidir la contienda de competencia entre un Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal y el Juzgado Federal de Mendoza.


PRIVACION DE JUSTICIA.
El art. 24, inc. 7, del decreto-ley 1285/58 autoriza a la Corte Suprema, en aquellos supuestos en que resulte imprescindible, a tomar intervención para evitar una efectiva privación de justicia.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.

La necesidad de una mejor y más pronta administración de justicia permite prescindir de los reparos formales con el objeto de poner fin a la cuestión y evitar una efectiva privación de justicia, que se verificaría en la causa con motivo del dilatado trámite del conflicto de competencia.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Generalidades.

Entrela causa seguida para investigar las supuestas operaciones ilegales Ilevadas a cabo por personal del Banco de Mendoza —entonces perteneciente al patrimonio provincial— y el proceso tendiente a determinar la responsabilidad del Bancode Mendoza S.A. y otrobanco privado —con posterioridad a la privatización dela entidad bancaria provincial— y la actuación de los funcionarios del Banco Central, en orden a los delitos de presunta evasión impositiva, subversión económica y asociación ilícita, no existe vinculación que permita la aplicación de las reglas sobre conexidad.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3071 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3071

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