42 3067 vigencia del principio de legalidad en la actuación de los órganos administrativos, presupuesto ineludible del estado de derecho y del sistema republicano de gobierno (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Carlos S. Fayt).
ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La mención expresa de las razones y antecedentes, fácticos y jurídicos, determinantes de la emisión del acto administrativo se ordena a garantizar una eficaz tutela de los derechos individuales, de modo que los particulares puedan acceder a un efectivo conocimiento de las motivaciones y fundamentos que indujeron ala administración al dictado de un acto queinterfiere en su esferajurídica, ello en función de un adecuado contralor frente a la arbitrariedad y del pleno ejercicio del derecho de defensa (Disidencia delos Dres. Eduardo MolinéO'Connor y Carlos S. Fayt).
ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La amplitud de las facultades ejercidas por la administración en la superintendencia del personal a su cargo ola naturaleza discrecional de dichas potestades no autorizan, como principio, a prescindir del requisito de motivación explícita del acto administrativo, pues es precisamente en este ámbitodela actividad administrativa donde la motivación se hace más necesaria (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Carlos S. Fayt).
ADMINISTRACION PUBLICA.
El carácter discrecional de las facultades ejercidas por la administración en la superintendencia del personal a su cargo no puede constituir un justificativo de la conducta arbitraria, puesto que es precisamente la razonabilidad con que se ejercen tales facultades el principio que otorga validez a los actos de los órganos del Estado y que permite a los jueces, ante planteos concretos de la parte interesada, verificar el cumplimiento de dicha exigencia (Disidencia delos Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Carlos S. Fayt).
ACTOS ADMINISTRATIVOS.
Si bien no existen formas rígidas para el cumplimiento de la exigencia de motivación explícita del acto administrativo, la cual debe adecuarse, en cuanto ala modalidad de su configuración, a la índole particular de cada acto, no cabe la admisión de fórmulas carentes de contenido, de expresiones de manifiesta generalidad, o en su caso, circunscriptas a la mención de citas legales, que contemplan sólo una potestad genérica nojustificada en los casos concretos (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor y Carlos S. Fayt).
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3067
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3067
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 322 Volumen: 3 en el número: 785 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos