DELIA GOLDADLER DE PLESZOWSKI v. ARNOLDO KLEIDERMACHER
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.
Las cuestiones suscitadas en torno a la aplicación de la ley de tasas judiciales en procesos sustanciados ante tribunales ordinarios de la Capital Federal son, en principio, ajenas al ámbito del recurso extraordinario.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Es arbitrario el pronunciamiento que omitió considerar debidamente los argumentos expuestos en el memorial, lo que ocasiona una lesión al derecho de defensa del apelante, en tanto conduce a una restricción sustancial de la vía utilizada sin fundamentación idónea suficiente.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que desestimó los planteos tendientes a que se considerara al pleito como de monto indeterminado, e intimó a la actora para que repusiese la tasa de justicia, si omitió considerar argumentos serios y concretos enderezados a cuestionar la intimación de pago que se le cursó, habida cuenta de su estado falencial, cuyo examen por el a quo resultaba insoslayable para dar una adecuada solución al caso.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de septiembre de 1999.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Goldadler de Pleszowski, Delia / Kleidermacher Arnoldo", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
19) Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala F, confirmó la sentencia de la instancia anterior que desestimó los plan
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2073
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