te la decisión de la primera instancia, rechazó la demanda de daños y perjuicios dirigida contra Armando Lambruschini y condenó al Estado Nacional y a Emilio Eduardo Massera a resarcir al actor, en la forma que determinó, por los daños sufridos con motivo de la privación ilegítima de libertad y posterior desaparición de sus padres y hermanos durante el período del último gobierno militar.
Contra ese pronunciamiento, el Estado Nacional, el actor y el codemandado Massera interpusieron sendos recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos en los dos primeros casos (fs. 919/919 vta., apartado II). Todas las partes dedujeron, asimismo, sendos recursos extraordinarios, que fueron sustanciados. En el caso del codemandado Massera, la cámara negó la admisibilidad del recurso ordinario de apelación, lo cual dio origen a la queja que tramita por expediente T.71.XXXII, que será tratada en forma conjunta. En cuanto a la apelación federal interpuesta por Massera, el tribunal a quo la concedió fs. 919/920) por estimar que los agravios comprometían la interpretación de la ley federal 24.411.
2?) Que el 10 de septiembre de 1987 (fs. 149 vta.) Daniel Tarnopolsky demandó al Estado Nacional y a los señores Armando Lambruschini y Emilio Eduardo Massera —ex jefes de la Armada Argentina— por los daños y perjuicios sufridos con motivo de la privación ilegítima de la libertad y posterior desaparición de sus padres, Hugo Abraham Tarnopolsky y Blanca Edith Edelberg, y de sus hermanos Sergio y Bettina, en julio de 1976. El 7 de octubre de 1985, el juez civil que intervino en la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento de los familiares desaparecidos, dispuso que la muerte presunta de los padres y de Bettina debía fijarse el 16 de enero de 1978 y que la muerte presunta de Sergio debía establecerse el 20 de enero de ese año. El 9 de diciembre de 1985 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional dictó sentencia en la causa 13/84, instruida con motivo del decreto 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional. En lo que interesa en el sub lite, la sentencia definitiva recaída en esa causa condenó a Emilio Eduardo Massera como partícipe cooperador necesario de la privación ilegal de la libertad, calificada por haber sido cometida con violencia y amenazas en los casos —entre otros muchos— 200 a 203 inclusive, correspondientes a los familiares desaparecidos de Daniel Tarnopolsky (Fallos: 309:5 , esp. 1615 y 1725).
3) Que la cámara a quo rechazó en primer lugar la defensa de prescripción de la acción de responsabilidad civil extracontractual
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:1892
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