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Fallos: 321:980 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Corte Suprema: —I-

La presente contienda de competencia suscitada entre el Señor Juez a cargo del Juzgado Federal de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, y el titular del Juzgado de Instrucción N° 2 de esa Ciudad se refiere al conocimiento de la causa iniciada con motivo de la denuncia efectuada por Zulma Nora Godoy. .

En ella la denunciante relata una serie de agresiones, injurias, y amenazas de las que fuera víctima en su carácter de Supervisora Interina de Fiscalización Externa de la Región Paraná de la Dirección General Impositiva, mientras desarrollaba un operativo de control de facturación en un comercio de la ciudad de Paraná, por parte de sus dueños y de otras personas que estaban en ese lugar.

El titular del juzgado provincial, sin tomar medida alguna, ordenó el archivo de las actuaciones por considerar que del material probatorio recolectado no surgía mérito suficiente para recibir declaración indagatoria a los inculpados. Argumentó que la conducta susceptible de reproche penal no tenía entidad suficiente que justifique un dispendio jurisdiccional, toda vez que se trató de amenazas "vertidas en el marco de una discusión acalorada, desprovistas a criterio del suscripto de consecuencias penales" (fs. 37).

—I-

Afs. 42 de las presentes actuaciones, el juez federal solicitó al juez local que declinara competencia en su favor para conocer de dicha causa. En su resolución señala que se hallaba investigando el mismo hecho por requerimiento formal del Ministerio Público Fiscal y que en dicha investigación se había declarado competente y ordenado ciertas medidas, entre ellas el llamamiento a indagatoria de los dueños del lugar en el que se habían llevado a cabo los hechos denunciados. Refiere que durante la instrucción se entera por los imputados que el hecho había sido considerado por el Juzgado de Instrucción Provincial y ar

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:980 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-980

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