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Fallos: 321:2365 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

La posibilidad de recurrir ante los tribunales en procura de justicia no debe ser frustrada por consideraciones de orden procesal o de hecho (Disidencia del Dr. Enrique S, Petracchi).


PRIVACION DE JUSTICIA.
La privación de justicia se configura toda vez que un particular, no obstan!: te hallarse protegido por la garantía del art. 18 de la Constitución Nacional, queda sin juez a quien reclamar la tutela de su derecho (Disidencia del Dr. Enrique S. Petracchi).


PRIVACION DE JUSTICIA.
La privación de justicia se presenta cuando se impide el ejercicio del derecho amparado por el art. 18 de la Constitución Nacional (Disidencia del Dr. Enrique S. Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la demanda deducida contra la resolución del Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires, condicionando su procedencia a la previa existencia de una decisión la Comisión Federal de Impuestos en el sentido de que el tributo local impugnado se opone al régimen de coparticipación establecido por la ley 20.221, o sea sujetando el control judicial al cumplimiento de un requisito por el cual, en el caso se impidió irrazonablemente dicho control, cuestión que configura un supuesto de lesión a la garantía tutelada por el art. 18 de la Constitución Nacional (Disidencia del Dr. Enrique S. Petracchi).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de agosto de 1998.

Vistos los autos: "Micro Mar S.A. de Transportes c/ Provincia de Buenos Aires (Trib. Fiscal Apel.)".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2365 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-2365

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