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Fallos: 321:2145 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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y es responsable de los perjuicios causados por su incumplimiento o su ejecución irregular.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.

La eventual responsabilidad de los notarios no excusa total ni parcialmente la de la provincia sin perjuicio de las acciones que ulteriormente pudiere ejercer ésta contra aquéllos para obtener —si procediere- su contribución en la deuda solventada.

SENTENCIA: Principios generales. La parte dispositiva de una sentencia y no sus considerandos, es lo que reviste el carácter de cosa juzgada.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Registro de la propiedad.

Corresponde efectuar un estudio de títulos para que se configure en el adquirente del derecho real la buena fe, presupuesto indispensable para obtener la protección de la ley.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de agosto de 1998.

Vistos los autos: "Giménez Zapiola Viviendas S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ daños y perjuicios", de los que Resulta:

DA fs. 28/34 se presenta la firma Giménez Zapiola Viviendas S.A.

de Ahorro y Préstamo para la Vivienda y promueve demanda contra la Provincia de Buenos Aires por reparación de daños y perjuicios derivados de las inexactitudes registrales que habría cometido el Registro de la Propiedad Inmueble provincial.

Dice que el 30 de agosto de 1978 dio a la firma Confitería del Molino Cayetano Brenna Limitada S.A. en calidad de mutuo la suma de pesos ley 18.188 165.000.000, que ésta se comprometió a devolver

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2145 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-2145

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