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Fallos: 320:425 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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DE JUSTICIA DE LA NACION . 425 a .

NIETO HERMANOS S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: DE uinitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales. —° - .

Siempre que esté en tela de juicio la interpretación de un pronunciamiento de la Corte en que el recurrente funde su derecho se configura una hipótesis que hace formalmente viable el recurso extraordinario cuando la resolución impugnada consagra un inequívoco apartamiento de lo resuelto en el caso por el Tribunal.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal, Cuestiones federales simples. Interpretación de otras normas y actos federales.

Sila Corte Suprema había dejado sin efecto un pronunciamiento de cámara considerando que a la fecha del accidente no existía relación asegurativa alguna entre las partes, carece de adecuada fundamentación el nuevo fallo que, so pretexto de la existencia de un marco valorativo más amplio, concluyó precisamente lo contrario, a
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de abril de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa El Comercio Compañía de Seguros Prima Fija S.A. c/ Nieto Hermanos S.A", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: ; 19) Que la compañía de seguros actora demandó en su momento a Nieto Hernranos S.A. por repetición de ciertas sumas abonadas como consecuencia del accidente de trabajo sufrido por uno de los operarios.

Basó su pretensión en que los pagos se habían efectuado en forma errónea en tanto carecían de causa al no existir al momento del siniestro relación asegurativa con la demandada. Alegó, en tal sentido, e

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:425 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-425

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