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Fallos: 320:205 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de febrero de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Roncales, Roberto Ricardo c/ Fuerza Aérea Argentina", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

12) Que, en oportunidad de dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, el Juzgado Nacional de Primera Instancia N° 75 del Trabajo hizo lugar a la excepción de incompetencia que había deducido el demandado, para lo cual sostuvo que la relación jurídica que había vinculado a las partes estaba regulada por el derecho público y, por ende, que era ajena al ámbito del contrato de trabajo regulado por la ley 20.744 (fs. 130/131).

2°) Que desplazada la radicación de la causa ala Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, el juzgado N° 9 de ese fuero rechazó la competencia asignada, pues sostuvo que la resolución declinatoria tomada en el fuero laboral era inadmisible por tardía, en la medida en que la exoepción de incompetencia había sido desestimada con anterioridad y dichopronunciamiento se enoontraba firme (fs. 49/51), máxime cuandolaley 18.345 impedía adoptar —en el momento de dictar sentencia- una decisión en el sentido indicado (fs. 140).

3?) Que ante el conflicto negativo de competencia que se suscitó, tomó intervención la Sala VIII dela Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Este tribunal declaró su competencia para entender en las actuaciones y, revocando el fallo de primera instancia, rechazó la demanda promovida.

Contra dicho pronunciamiento, la parte actora dedujo el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja.

4") Que los agravios del recurrente suscitan una cuestión federal que justifica la apertura de la instancia extraordinaria, pues no obstante que remiten a la consideración de cuestiones de derecho procesal que, por su naturaleza, son regularmente extrañas a la vía del art. 14 dela ley 48, ello no es óbice para invalidar lo resuelto cuando, con menoscabo de la garantía constitucional de defensa en juicio, la

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:205 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-205

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