SILVIO GUSTAVO GIBERTI v. MINISTERIO pe 
DEFENSA - GENDARMERIA NACIONAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. 
Fundamento. . - .
. N Corresponde desestimar la queja si el recurso extraordinario. cuya denegación dio origen a la misma, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.
ADMINISTRACION PUBLICA.
 El Poder Judicial se encuentra investido de la potestad de revisar los actos disciplinarios emanados de la administración, a cuyo fin el ámbito de intervención de los magistrados sólo comprende, salvo la hipótesis de arbitrariedad manifiesta, el control de legitimidad y no el de oportunidad, mérito o conveniencia de las medidas dispuestas por los funcionarios competentes Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo A.F: López y ° Adolfo Roberto Vázquez). 
SANCIONES DISCIPLINARIAS, .
El órgano con facultades sancionatorias debe demostrar la imputación que sustenta la medida que decrete, pues lo contrario importaría admitir como único fundamento de la sanción, la absoluta discrecionalidad de aquél (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo A.F. López y Adolfo Roberto Vázquez). 
SANCIONES DISCIPLINARIAS. .
Con independencia de que la sanción penal pueda o no compartir la misma naturaleza que la sanción disciplinaria, lo cierto es que el procedimiento administrativo disciplinario es independiente del proceso penal, ya que las finalidades perseguidas por ambos, los bienes jurídicos tutelados y los valores involucrados en cada uno de ellos, son distintos y juegan de manera diferente (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo A.F. 
López y Adolfo Roberto Vázquez).
SANCIONES DISCIPLINARIAS.
Si las constancias de la causa penal así como las incorporadas a los autos sirven de indicios bastantes que permiten formar la convicción de que el comportamiento del actor fue susceptible de justificar la desconfianza de  
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1703 
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