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Fallos: 320:14 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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Incluir en la nómina de especialidades que forma parte de la acordada N° 25/85 a los traductores de lenguaje de señas.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIo S. NAZARENO — CArLos S.

FAYr — AUGUSTO CÉSAR BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ADoLFo ROBERTO Vazquez — Javier M. Leal de Ibarra (Secretario).

EDICTOS.
N8-

En Buenos Aires, a los 21 días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente Consideraron:

Que el art. 130 del Reglamento para la Justicia Nacional (acordada del 17 de diciembre de 1952) impone a los juzgados la obligación de elevar trimestralmente a esta Corte y ala cámara de apelaciones respectiva, la nómina de las designaciones de diarios, periódicos, o revistas efectuadas por el juez para la publicación de edictos.

Que ello significa una innecesaria duplicidad de información, que no encuentra justificativo atento el ejercicio de las facultades de superintendencia delegadas en las cámaras.

Por ello, Acordaron:

Sustitúyese el art. 130 del Reglamento para la Justicia Nacional (acordada del 17 de diciembre de 1952) por el siguiente:

"Artículo 130. Los juzgados llevarán un registro público en el que se asentarán las designaciones de diarios, periódicos, o revistas efectuadas por el juez para la publicación de edictos sin que haya mediado propuesta de parte o prescindiendo de ella. En este registro se indicará, además, el nombre de la causa, su naturaleza y monto. Trimestralmente se elevará a la respectiva cámara de apelaciones una nómina de esas designaciones con las menciones expresadas".

Todolo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.— JuLio S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYr — Aucusrto CÉsar BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bossert — ApoLFro RogERTO VAzQuez — Nicolás Alfredo Reyes (Secretario).

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:14 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-14

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