guese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, devuélvanselos autos.
JuLIO S. NAZARENO — CARLOS S. FAYr (en disidencia) — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI (en disidencia) — Antonio BOGGIANO — GuILLERMO A. F. Lórez — Gustavo A. Bosserrt (en disidencia) — AnoLFo Roserto VÁzauez.
DiSIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT, DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DON GusTAvo A. BosserT Considerando:
12) Que contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que confirmóla de la instancia anterior que rechazó la demanda promovida por Emisiones Platenses S.A. contra la Municipalidad de La Plata, por la que cuestionaba la distribución de los espacios de publicidad oficial efectuados por ésta entre los diarios locales, aquélla interpuso el recurso extraordinario cuya denegación dio origen a la presente queja.
2°) Que para hacerlo consideró que no existía acto u omisión dela demandada que lesionara o amenazara con ilegalidad o arbitrariedad manifiesta algún derecho o garantía tutelado por la Constitución Nacional sino que, por el contrario, la actuación de la comuna se ajustaba alo dispuesto por los arts. 142, 153, 156 inc. 4° y 165 del decreto-ey 6769, orgánico de las municipalidades.
3?) Que, surge de las constancias de la causa, que la empresa periodística "Emisiones Platenses S.A.", editora del diario "Hoy en la noticia" inició acción de amparo a fin de que se impusiese al demandado "el deber de contratar publicidad oficial en el Diario que edita la empresa accionante, en condiciones razonablemente equitativas y similares a las que se consignan en el Decreto N° 578 del 09/06/94 (Exped.
N° 4061-125.206) bajo apercibimiento de que, en caso de no proceder detal suerte, el Tribunal determinará prudentemente la proporción y condiciones".
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1209
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