segundo de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los tribunales federales: y atentos los fundamentos concordantes espues= tos por el Juez de Seccion, y por el señor Procurador General en Ja vista que precede; se declara que el conocimiento y resolucion de esta causa corresponde al Juez del Crímen de la ciudad de Santa Fé, al cual, en su consecuencia, se remitirán estos autos:
avisándose con oficio al señor Juez de Seccion de la provincia de Corrientes.
ULADISLAO FRIAS. — FEDERICO
IBANGÚREN. — €. S. DE LA
TORRE.
CAUSA € 1. Agustin Sanchez, contra D. amon Lopez, por cobro ejecutivo de pesos Sumario. — Contra el endosatario de un pagaré 4 la órden, no procede la escepcion de compensacion por deuda de tra persona distinta de su primer tenedor.
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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:89
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-89
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