se refiere el escrito de foja... á cuyo efecto se le trascribirá esta resolucion.
Notifíquese con el original y repónganso los sellos.
G. Escalera y Zuvrria.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 22 de 1647.
Vistos: por los fundamentos del auto apviado consignados en los considerandos primero, segundo y tercero, se contirma dicho auto ento referente á las estepciones de falta de personería, litis pendencia é incompetencia; revocándose en lo relativo ála inhibitoria del Juez de provincia para conocer del juicio de espropiacion iniciado por Don Cárlos Casado, en razon de tratarse de acciones distintas y no proceder por tanto, la acumulacion de autos.
Devuélvanse prévia reposicion de sellos.
BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO
FRIAS. — FEDERICO IBARCÚREN,
— €. $, DE LA TORRE, — SALUS
TIANO 3. ZAVALIA.
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1887, CSJN Fallos: 32:255
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-255
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 32 en el número: 255 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos