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Fallos: 319:845 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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EMPLEADOS PUBLICOS: Remuneración.

Si en el caso en que una empleada reclamó el pago de haberes no percibidos durante el lapso en que fue detenida a disposición del Poder Ejecutivo no se discute la responsabilidad del Estado por su conducta ilegítima sino la obligación del empleador —una entidad autárquica del Estado Nacional ajena al acto del poder público que motivó la medida suspensiva-, el art. 39 del decreto ley 6666/57 —en su redacción dada por decreto 3583/63, que rigió hasta la aprobación de la ley 22.140, es la norma que regula el supuesto de mayor proximidad analógica.

EMPLEADOS PUBLICOS: Remuneración. .

No procede el pago de sueldos por funciones no prestadas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento.

Si el recurso extraordinario no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada, ello no es subsanable mediante el recurso de queja Disidencia del Dr. Eduardo Moliné O'Connor). FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 21 de mayo de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Perrone, Elba Clotilde c/ Estado Nacional Dirección General Impositiva", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al revocar lo resuelto en la instancia anterior, hizo lugar parcialmente a la demanda deducida por Elba Clotilde Perrone contra la Dirección General Impositiva, por cobro de los haberes -y otros rubros complementarios que se vio privada de percibir durante el lapso comprendido entre el 6 de julio de 1976, en que fue arrestada y puesta a disposición de las autoridades de facto, y el 19 de octubre de 1982. Contra ese pronunciamiento, la de

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:845 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-845

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