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Fallos: 319:849 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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Por ello, se desestima esta presentación directa. Devuélvanse los autos principales. Notifíquese y archívese.

EDUARDO MoLINÉ O'Connor.


NELLY JOSEFA PIATTI DE BENTIBOGLIO v. CARLOS MARTIN
BROITMAN y Otros RECURSO DE QUEJA: Trámite. .

Si los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja vinculados al reconocimiento del daño moral pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso en lo que respecta a dicha partida sin que ello implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Generalidades.

Corresponde desestimar la queja si la cuestión federal no fue introducida oportunamente en el proceso (Disidencia del Dr. Julio S. Nazareno).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de mayo de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Carlos M.

Broitman, Alberto Broitman y Aseguradores Industriales Sociedad Anónima Compañía Argentina de Seguros en la causa Piatti de Bentiboglio, Nelly Josefa c/ Broitman, Carlos Martín y otros", para decidir sobre su procedencia.

Que atento a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa vinculados al recono

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:849 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-849

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