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Fallos: 319:3242 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen, El allanamiento al agravio planteado en la apelación constituye una renuncia incondicionada y explícita al derecho cuyo reconocimiento fue impugnado en el recurso extraordinario, por lo que, al no existir impedimento para la eficacia jurídica de aquel sometimiento, no queda cuestión alguna para decidir, en tanto la ausencia de interés económico convierte en abstracto el pronunciamiento requerido a la Corte.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Seguridad social.

El régimen de la ley 18.037 constituye una reglamentación razonable de la garantía de movilidad de las prestaciones previsionales establecida por el art. 14 bis de la Constitución Nacional.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Seguridad social.

El art. 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza la movilidad de las prestaciones previsionales, no especifica el procedimiento a seguir para el logro del objetivo propuesto en cuanto a la evolución del haber, dejando librado el punto al criterio legislativo.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Seguridad social. ° El art. 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el art. 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que vinculan los beneficios sociales a las concretas posibilidades de cada Estado, constituyen una directriz adecuada para determinar el contenido económico de la movilidad "jubilatoria aludida en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, en el momento de juzgar sobre el reajuste de las prestaciones o de su satisfacción.

CONSTITUCION NACIONAL: Principios generales.

La Constitución debe ser analizada como un conjunto armónico, dentro del cual cada una de sus disposiciones ha de interpretarse de acuerdo con el contenido de las demás.

TRATADOS INTERNACIONALES.
En el art. 75, inc. 22 de la Constitución Nacional, que otorgó jerarquía cons titucional a tratados internacionales, los constituyentes han efectuado un juicio de comprobación en virtud del cual han cotejado los tratados y los artículos constitucionales y han verificado que no se produce derogación alguna, juicio que no pueden los poderes constituidos desconocer o contradecir e, »

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3242 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-3242

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