BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.
No es posible otorgar al beneficio de litigar sin gastos efectos retroactivos al día de su interposición en cuanto se refiera a la posibilidad de eximirse del pago de las costas devengadas desde la promoción de la demanda principal hasta la iniciación de dicho incidente (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
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BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.
El principio de retroactividad del beneficio de litigar sin gastos no juega cuando existió un pedido anterior con ese mismo objeto que concluyó por caducidad de la instancia, ya que no corresponde reconocer al pronunciamiento que declaró tal perención la virtualidad de negar la situación de pobreza real que en el respectivo incidente ya había quedado demostrada mediante efectivas constancias judiciales (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Generalidades.
Cuando la Constitución Nacional reconoce una serie de derechos individuales esenciales e instrumenta diversas garantías como medios a través de los cuales poder reclamar el respeto de tales derechos si son lesionados o desconocidos, lo hace en la inteligencia de que se trata de derechos operativos que pueden ser ejercidos por el individuo con la sola invocación y sin dependencia del cumplimento de requisito previo alguno (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
El derecho al acceso a la justicia es un derecho operativo que es natural derivación del derecho de defensa en juicio y que encierra ura potestad que se desarrolla en varios y sucesivos momentos: derecho a acceder al órgano judicial; de deducir las pretensiones; de producir pruebas; de obtener un pronunciamiento justo y de recurrir aquel que no lo sea ante instancias superiores, de solicitar la ejecución de la decisión cuando se encuentre firme, etc. (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
La operatividad y efectividad del derecho al acceso a la justicia sufre en el momento de acceder al órgano judicial y, eventualmente, en ulteriores, severas restricciones, derivadas básicamente de la existencia de distintos arancelamientos que se yerguen como verdaderos obstáculos al libre acceso al servicio de justicia (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2806
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