Por ello, concordemente con lo dictaminado por el señor Procurador General, se lo declara mal concedido. Hágase saber y devuélvase.
Carros S. FAYr — AUGUSTO César BELLUSCIO — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. BosseErT — ADoLFo ROBERTO VÁZQUEZ.
ANTONIO BARON VIANA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias. - El recurso extraordinario contra el pronunciamiento que rechazó la demanda de amparo tendiente a que se ordenara a la Entidad Binacional Yacyretá se abstuviera de producir todo acto que condujera al llenado del vaso de la represa hasta su máxima cota no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Requisitos.
Inexistencia de otras vías.
"La viabilidad de la acción de amparo requiere circunstancias muy particulares caracterizadas, entre otros aspectos, por la existencia de un daño concreto y grave que sólo puede eventualmente ser reparado acudiendo a su acción urgente y expeditiva (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y generalidades.
En los juicios de amparo resulta particularmente necesario que, al interponer el recurso extraordinario, el recurrente demuestre que el pronunciamiento impugnado posee carácter definitivo, en el sentido de que el agravio alegado es de insuficiente o tardía reparación ulterior porque no habría posibilidad en adelante —o ésta sería inoportuna— para volver sobre lo re suelto (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias: .
Es improcedente el recurso extraordinario interpuesto en una acción de amparo si el recurrente no señala las razones por las que entiende que la
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2802
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