Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 319:2086 de la CSJN Argentina - Año: 1996

Anterior ... | Siguiente ...

Designar Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a cargo de la Administración General del Tribunal, al Dr. Nicolás Alfredo Reyes (D.N.I. 6.719.530).

Todolo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y seregistrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe — JuL1o S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CarLos S. FAYr — AUGUSTO C£sar BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bossert — ADoLFo Rogerto VAzauez.


HONRAS DISPUESTAS con MOTIVO pe. FALLECIMIENTO

DEL DR. CESAR BLACK.
2 70-

En Buenos Aires, a los 11 días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que el día 4 del corriente mes ha ocurrido el sensible fallecimiento del Dr. César Black, ex Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Que es deber del Tribunal asociarse al duelo que provoca la desaparición del distinguido ex magistrado.

Por ello, Acordaron:

19) Dirigir nota de condolencia a la familia del extinto.

2) Incluir el nombre del Dr. César Black en las tablas de honor del Tribunal.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe— JuLIO S. NAZARENO — EpuarDo MoLINÉ O'CONNOR — CARLos S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GuILLERMO A. F. López — AnoLro Rogerto VAzauez — Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General).

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

56

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2086 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2086

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 319 Volumen: 3 en el número: 14 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos