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Fallos: 319:2012 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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ENRIQUE OSVALDO BAUERLE v. MIRELLA LIVIA EMMA RIGHI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que no hizo lugar a la repetición de los gastos de última enfermedad que el actor solventó en favor de su concubina (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. 1nterpretación de normas y actos comunes.

Es admisible el recurso extraordinario tratándose de la interpretación y aplicación del derecho común, cuando el tribunal de la causa prescinde de integrar debidamente el marco normativo que rige el caso, provocando así un agravio al derecho constitucional de defensa (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

OBLIGACIONES.
El concubino que solventó los gastos de última enfermedad de la fallecida puede accionar por repetición contra su heredero (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

DEMANDA. -
No es propio de las decisiones judiciales expedirse sobre el contenido ético de las demandas (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de septiembre de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Bauerle, Enrique Osvaldo c/ Righi, Mirella Livia Emma", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2012 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2012

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