lares, quienes deben contribuir al sostenimiento, progreso y desarrollo de la Provincia" (fs. 67 vta.).
Y, si bien reconoce que tal recaudo debió establecerse como requisito previo a la aprobación del plan forestal en cuyo marco desaTrolla su actividad la actora, explica que la oportunidad consagrada por la norma respondió a que solamente así el particular pondría en evidencia "...un interés serio en la explotación forestal..." (fs. recién citada).
Contestó, por último, los restantes agravios de la demandante con fundamento en la violación de la garantía de la defensa en juicio y de los derechos de trabajar y ejercer comercio o industria lícita (fs. 68/9) y propuso también su rechazo.
—II- N Producida la prueba y clausurado el período a ella destinado fs. 225), las partes presentaron sus alegatos (fs. 227/235), tras lo cual se remitió el expediente a esta Procuración General para que conteste la vista conferida a fs. 236.
—IV-
Corresponde, en primer lugar, expedirse en torno al planteo que efectúa la Provincia de Misiones respecto a la viabilidad de la acción intentada. En tal sentido, es criterio de V.E., reiteradamente expuesto, que el acceso a esa jurisdicción no puede quedar subordinado, en aqueTlos supuestos en que surte en razón de la materia o de las personas, al cumplimiento de requisitos exigidos por leyes locales, como el haber agotado la vía administrativa o judicial que regulan tales preceptos doctrina de Fallos: 273:269 ; 279:33 ; 285:209 ; 304:1129 ; 307:1302 , entre muchos otros) ya que ese tipo de reglamentación "...no se puede referir sino al propio gobierno provincial y, por lo tanto, a los juicios a seguirse ante los tribunales locales" (doctrina de Fallos: 57:337 ; 205:87 , entre otros).
Por otro lado, los restantes agravios vinculados a la procedencia formal de la vía elegida han sido planteados, en mi parecer, sobre extremos que constituyen materia propia de los jueces de la causa y, por ende, ajena al alcance de este dictamen.
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1940
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