CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes provinciales.
La ley 2256 de la Provincia de Misiones no afecta sustancialmente derechos constitucionales si no crea una tasa o impuesto que tenga como hecho imponible el tránsito o el comercio interprovincial, sino que se limita a vedar la expedición de guías forestales a quienes no acreditan el pago de los tributos inmobiliarios municipales y provinciales (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de comercio e industria.
La ley 2256 ue la Provincia de Misiones no vulnera el derecho a comerciar reconocido en el art. 14 de la Constitución Nacional si no se acreditó que el cumplimiento de la exigencia que aquélla impone torne económicamente imposible el desenvolvimiento de la explotación forestal (Disidencia del Dr.
Antonio Boggiano).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes provinciales.
El fin de la ley 2256 de la Provincia de Misiones es impedir que la utilización y extracción de los recursos naturales se realice sin la adecuada contraprestación de los particulares y dicha finalidad está de acuerdo con la Constitución provincial cuando declara que el bosque será protegido con el fin de asegurar su explotación racional y lograr su mejor aprovechamiento social art. 56) y con el art. 1 de la ley provincial 854 de forestación.
IMPUESTO: Principios generales.
Escapa a la competencia de los jueces pronunciarse sobre la conveniencia o equidad de los impuestos o contribuciones creados por el Congreso Nacional o las legislaturas provinciales (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano).
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Facultades del Poder Judicial.
El control de constitucionalidad que incumbe a los tribunales no incluye el examen de la conveniencia o acierto del criterio adoptado por el legislador en el ámbito propio de sus atribuciones (Disidencia del Dr. Antonio Boggiano). .
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1936
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