ley 23.982. Costas por su orden. Reintégrese el depósito de fs. 24.
Notifíquese, agréguese la queja al principal y remítase.
ApoLro ROBERTO VÁZQUEZ.
DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO Y DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:
Que la cuestión planteada en la presente causa es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en Fallos: 317:779 -disidencia de los jueces Belluscio y Petracchi-, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello, se hace lugar a la queja y se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Costas por su orden, pues la dificultad del texto legal pudo inducir al recurrente a sostener un criterio opuesto. Reintégrese el depósito de fs. 24. Agréguese al queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
AUGUSTO César BELLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.
DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLIn£ O'Connor .
Considerando:
Que la cuestión planteada en la presente causa es sustancialmente análoga ala resuelta por esta Corte en Fallos: 317:779 disidencia del juez Moliné O'Connor-, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad. Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Costas por su orden. Reintégrese el depósito de fs. 24. Agréguese la queja al principal.
Notifíquese y, oportunamente, devuélvase.
EDUuarDo MoLINÉ O'Connor.
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1854
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