el depósito de fs. 1. Agréguese a los autos principales y remítase al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo a lo indicado. Notifíquese. EDUARDO MoLINÉ O'Connor — GUILLERMO A. F. LóPEz.
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA v. SILBERMAN S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Juicios de apremio y ejecutivo.
Cuando resulta manifiesto de los autos la inexistencia de deuda exigible, corresponde hacer excepción al principio según el cual Jas decisiones recaídas en juicios ejecutivos y de apremio no constituyen sentencia definitiva. 
ANTICIPOS DE IMPUESTOS,
Sostener que los anticipos del impuesto a las ganancias no tienen cabida en el régimen de presentación espontánea del decreto 1646/90, no tiene respaldo en dicho sistema, pues el art. 5? dispone lo contrario, 
FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 11 de julio de 1996. 
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Fisco Nacional (Dirección General Impositiva) e/ Silberman S.A", para decidir sobre su procedencia. .
Considerando:
19) Que el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 6 rechazó las excepciones de pago e inhabili
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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1260 
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