remitirá. Hágase saber al Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 11 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires.
EDUARDO MoLint O'Connor — Car1os S. FAYr — AuGusto CEsar BELLuscIo — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — GUSTAVO A. BOsserT.
JULIO RAMIREZ o JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.
Cuestiones penales. Pluralidad de delitos.
La sustracción de la pieza postal constituye un hecho distinto del uso ilícito que posteriormente se realizó con-su contenido.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.
Cuestiones penales. Pluralidad de delitos.
En lo relativo al delito de estafa que concurriría idealmente con el de falsificación- cabe atenerse, a fin de determinar el tribunal competente, al Jugar donde los documentos fueron entregados.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.
Cuestiones penales. Pluralidad de delitos.
Corresponde a la justicia nacional conocer de la estafa cometida mediante el cobro de un cheque adulterado enviado desde la Provincia del Chubut a la Capital Federal por medio de una carta certificada, cuya sustracción debe investigar la justicia provincial. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.
Cuestiones penales. Prevención en la causa.
Si de las constancias del incidente de competencia no pudo determinarse si el apoderamiento de los cheques tuvó lugar hallándose la pieza postal que los contenía bajo la custodia o servicio de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos, corresponde al juez provincial que previno continuar con la investigación de este hecho.
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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2672
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