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Fallos: 317:131 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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de los formularios 1781 de Derechos de Vinificación Anual (D.V.A — "cupos") presentados por la firma "Emilio Víctor Ahún S.A." y que en esos actuados decidió intervenir un excedente de 150.230 ó 151.230 litros elaborados fuera de "cupo", vale decir sin D.V.A..

Relata que al intentar llevar a cabo esa medida administrativa en ejercicio del poder de policía que le compete, la firma bodeguera objetó la diligencia argumentando la previa realización de un procedimiento judicial que impediría movilizar el vino del establecimiento fs. 2/3).

Reparo que motivó la presentación del Instituto Nacional de Vitivinicultura, ante el señor Juez Federal de San Juan en la causa N° 7897 antes citada, en trámite ante ese tribunal y caratulada "Denuncia por presunto hecho delictuoso— Damnif. I.N.V. y D.G.I." (fs. 1/5). Oportunidad en la cual puso en conocimiento del juez las circunstancias hasta aquí apuntadas como así también que ese organismo había recibido presentaciones de varios maquileros solicitando el traslado de otros establecimientos de los vinos que tenían depositados en la bodega Caucete de esa firma.

Aclaró que pese a que en las actuaciones administrativas N° 187— 061338-90-6 ese Instituto Nacional había dispuesto la paralización de la firma "Ahun S.A." los terceros peticionantes no estaban alcanzados por esa medida administrativa que "...nada tiene que ver con esta causa penal, ni siquiera está mínimamente vinculada. Tampoco esta medida administrativa está cuestionada judicialmente, y tampoco esa medida alcanza a los vinos de terceros" (fs. 4 vta.). En virtud de ello solicitó "...a fin de evitar malentendidos..." que el Tribunal confirme su desinterés en esos vinos de terceros como así también respecto de los ya citados 150.230 litros de vinos elaborados fuera de cupo y que, según aduce la firma, "...el Tribunal había intervenido o realizado medidas que impedirían movilizar los caldos, o lle var a cabo medidas sobre ellos...".

Destacó, a todo evento, que a juicio de ese ente "...las medidas llevadas a cabo por el Tribunal, son independientes de las actuaciones administrativas que en el caso debe cumplir y llevar adelante el L.N.V....", sin que advierta "...ningún inconveniente para que el Organismo cumpla con la intervención de esos vinos sin cupo (sin derecho de vinificación anual).

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-131

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