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Fallos: 317:1236 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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necesarias del ejercicio regular de la competencia conferida al magistrado por las normas procesales respectivas.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

Los daños derivados de la prohibición de utilizar provisionalmente una maquinaria, ordenada durante la sustanciación de una causa penal, provienen de una resolución judicial fundada en la ley que autoriza a limitar de ese modo el uso de la propiedad privada, con fundamento en el poder de policía del Estado referentea la prevención y represión de los delitos.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

Los actos judiciales son ajenos por su naturaleza al resarcimiento fundado en la responsabilidad del estatal por su actividad lícita (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Guillermo A. F. López y Eduardo Moliné O'Connor).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

La responsabilidad del Estado por actos lícitos tiende a tutelar los derechos de quienes sufren algún sacrificio patrimonial con motivo de medidas políticas, económicas o de ctro tipo, ordenadas por las ramas legislativa o ejecutiva (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Guillermo A. F. López).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

La doctrina de la responsabilidad del Estado por actos lícitos significa una distribución entrelos miembros dela sociedad política, mediantela reparación que materializan sus órganos conductores, de los daños que los actos de gobierno legítimos pueden inferir a los particulares (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Guillermo A. F. López).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

La doctrina dela responsabilidad del Estado por actos lícitostiende a tutelar los derechos de quienes sufren algún sacrificio patrimonial con motivo de medidas políticas, económicas, o dectro tipo, ordenadas por las ramas legislativa o ejecutiva, para cumplir objetivos gubernamentales que integran su zona de reserva Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Guillermo A. F. López).

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad de Estado. Casos varios.

Las sentencias y demás actos judiciales —en la medida en que no importen un error inexcusable o dolo en la prestación del servicio de justicia- no pueden

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1236 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-1236

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