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Fallos: 317:1033 de la CSJN Argentina - Año: 1994

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falta de seriedad del planteo efectuado —ausante de la sanción— y el ánimo subjetivo con el que se tipifica a la malicia procesal.

RECURSO EXTRAORDINARIO : Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales. Generalidades.

Procede el recurso extraordinario respecto de la aplicación de medidas disciplinarias y corresponde dejar sin efecto las sanciones impuestas, si media relación directa e inmediata entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas (art. 15 de la ley 48). .
CONDUCTA PROCESAL MALICIOSA.
Excede el ejercicio del derecho de defensa y el cumplimiento del patrocinio y el mandato y carece del mínimo decoro con el que un profesional debe actuar ante cualquier órgano administrador de justicia, el escrito de contestación del traslado del recurso extraordinario que contiene manifestaciones irónicas y sarcásticas lesivas del respeto debido a la contraparte y al Tribunal.


CONDUCTA PROCESAL MALICIOSA.
Corresponde prevenir (arts. 16 y 18 del decreto-ley 1285/58) al letrado que suscribe el escrito de contestación del traslado del recurso extraordinario que contiene manifestaciones irónicas y sarcásticas lesivas del respeto debido a la contraparte y al Tribunal, haciéndole saber que en lo sucesivo deberá guardar esti lo en sus presentaciones ante el Poder Judicial de la Nación (Disidencia parcial de los Dres. Ricardo Levene [h.] y Julio S. Nazareno).

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 27 de septiembre de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco Central de la República Argentina en la causa Banco Delta S.A. e/ Soinco S.A", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: . .

19) Que contra la sentencia de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, confirmatoria de la dictada en primera

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1033 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-1033

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