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Fallos: 316:367 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

El imputado tiene derecho a obtener -después de un proceso tramitado en legal forma— un pronunciamiento que ponga término, del modo más rápido posible, a la situación de incertidumbre y restricción a la libertad que comporta el enjuiciamiento penal.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

Si bien resulta valiosa la actitud de la Cámara, que tiende a evitar que quede impune un supuesto hecho delictivo, es inadecuado subsanar la eventual morosidad judicial por obra de una sentencia en perjuicio del procesado que carece de toda fundamentación objetiva.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

El loable objetivo de "afianzar la justicia" (Preámbulo de la Constitución Nacional) no autoriza a avasallar las garantías que la misma Constitución asegura a los habitantes de la Nación (art. 18).

JUECES. .
El "desvío de poder" como causal de invalidez de los actos de los poderes públicos —entendido como el ejercicio de las facultades estatales con un objeto distinto al previsto por el legislador es también aplicable al accionar del Poder Judicial, pues parece imprescindible que los magistrados, en su carácter de custodios de los derechos constitucionales, se vean obligados a cumplir —al menos— con los mismos requisitos fundamentales de equidad que vinculan a la conducta de la Administración (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Principios generales. .

Las normas sustanciales de la garantía de la defensa en juicio deben ser observadas en toda clase de juicios, sin que corresponda diferenciar causas criminales, los juicios especiales o procedimientos seguidos ante tribunales administrativos (Voto del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:367 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-367

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