elefante: "No importa qué tan amistosa sea o qué buen carácter tenga la bestia, ... cada movimiento y gruñido afecta a uno" (1). Esto es particularmente cierto desde el punto de vista de un ciudadano particu- lar, el cual, aislado y solo, se enfrenta a una burocracia monstruosa.
La nación moderna no sólo tiene la singular habilidad de mantener el bienestar público, sino también la capacidad inigualada de destruirlo o ignorarlo. No es necesario remontarnos mucho, o buscar en otros continentes, para toparnos con ejemplos en los cuales'los gobiernos hayan oprimido, o hasta matado, porciones importantes de su ciudadanía.
Desde luego, el problema más común es la ocasión fortuita en la cual el gobierno, aunque actuando de buena fe, sin embargo actúa en forma opresiva. "La libertad se pierde tan fácilmente por los mordiscos insistentes de funcionarios del gobierno que intentan llevar a cabo sus funciones demasiado bien como por aquellos cuyo propósito es la opresión; la piraña puede ser tan mortífera como el tiburón" (2). Por esta razón las cartas constitucionales nacionales, o aún los países democráticos mejor gobernados, le dedican considerable atención no sólo a crear un gobierno, sino también a limitarlo.
La Constitución de los Estados Unidos no es excepción: A la vez que establece un gobierno nacional, crea límites estrictos al poder de ese gobierno. Los límites más obvios en la Constitución son las prohibiciones contenidas en sus primeras diez enmiendas. Esas enmiendas, conocidas colectivamente como la Declaración de Derechos (Bill of Rights), se adueñan áreas sustantivas de las libertades individuales en las cuales el gobierno no puede interferir. Quizás la más famosa de las Enmiendas es la que el Juez Kennedy mencionará mañana, la Primera Enmienda, la cual le prohíbe al Gobierno establecer una religión nacional, interferir con el libre culto, o suprimir la libertad de expresión.
Aunque podría hablar muy detalladamente sobre la Declaración de Derechos en conjunto, o también sobre uno solo de los derechos allí incluídos, preferiría enfocarme en otra manera en la cual una carta constitucional puede limitar las acciones gubernamentales y de tal manera resguardar la vida, la libertad y la propiedad de sus ciudada1) N. Y. Times, 26 de marzo de 1969, pág. 15, cols. 3-4.
2) United States v. $ 124,570 U.S. Currency, 873 F. 2d 1240, 1246 (CA9 1989).
Compartir
61Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1993, CSJN Fallos: 316:2254
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-2254
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 316 Volumen: 2 en el número: 1165 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos