RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten- .
cias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento que rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto contra la sentencia que había condenado al procesado, si no se hizo cargo de las argumentaciones oportunamente planteadas que resultaron conducentes para la suerte del litigio (1). — o.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
Es inadmisible el recurso extraordinario interpuesto contra el pronunciamiento que rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley deducido contra la sentencia que había condenado al procesado (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).
MARTA ELENA WEITZBAUER v. CAJA NACIONAL DE PREVISION rara TRABAJADORES 'AUTONOMOS - _—RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes, Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que denegó la jubilación por invalidez en razón de no haberse acreditado los requisitos exigidos por el art.
20 de la ley 18.038, si lo decidido conduce a la frustración de derechos que cuentan con amparo constitucional (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que denegó la jubilación por invalidez en razón de no haberse acreditado los requisitos exigidos por el art. 20 de la ley 18.038, si de los elementos agregados a la causa surge que en razón de su edad, de las características de las dolencias padecidas y su incidencia en la realización de las actividades denunciadas, la peticionaria había perdido su capacidad de ganancia. :
1) Fallos: 298:214 . ta? EI — 2) 7 de julio.
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1705
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