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Fallos: 315:881 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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RODOLFO SIXTO GOMÉZ v. JUAN CARLOS ROSI Y Otros RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que consideró extemporáneo el pedido de La aplicación del art. 23 de la ley 21.839 porque la actora había practicado liquidación, sin tener en cuenta que ésta en ningún momento expresó que tal liquidación sería la base de cálculo de la futura regulación de honorarios (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que consideró extemporáneo el pedido de aplicación del art. 23 de la ley 21.839 (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. RodolfoC. Barra, Enrique Santiago Petracchi y Julio S. Nazareno).

BANCO DE LA NACION ARGENTINA v. CARLOS A. DEVIDA Y OTROS .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Quiebra. Fuero de atracción. .

El fuero de atracción que ejerce la quiebra funciona en forma pasiva y no activa (2).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas excluidas de la competencia federal. - — No es de competencia federal la causa por cobro de pesos iniciada por el Banco de la Nación Argentina en su calidad de representante legal de la entidad financiera fallida, desde que no está directamente comprometida en la /itis una entidad nacional, ni se dan los supuestos que, por la materia, habilitan la radicación de la causa 1) 5 de mayo. 2) 5 de mayo. Fallos: 314:1320 .

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:881 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-881

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