Porello, se desestima el recurso extraordinario, con costas. Notifíquese y devuélvase. - ' .
RICARDO LEVENE (H) - MARIANO AUGUSTO CAVAGNA MARTÍNEZ - RODOLFO C.
BARRA - CARLOS S. FAYT .
MOVIMIENTO aL SOCIALISMO LEY: Interpretación y aplicación.
Para la interpretación de la ley es menester dar pleno efecto a la intención del le gislador y atender a la armonía que ellas deben guardar con el resto del ordenamiento jurídico y con las garantías que la Constitución Nacional establece, razón por la cual no es siempre recomendable el atenerse estrictamente a sus palabras.
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad. Una interpretación que permitiera la subsistencia de un partido de distrito. que no hubiera obtenido voto alguno por el solo hecho de conformar un partido nacional que en otro distrito hubiera alcanzado el porcentaje mínimo y no de aquel que, actuando exclusivamente como partido de distrito estuviere en idéntica situación u obtuviera votos en número inferior al previsto legalmente. resultaría francamente violatoria de la garantía de la igualdad ante la ley.
PARTIDOS POLITICOS
La exigencia contenida en cl art. 50. inc. €), de la ley 23.298 para decretar la caducidad de la personalidad política del partido cuando no alcance el porcentaje allí fijado en ningún distrito, solo resulta aplicable cuando se trata de la personería de un partido en el orden nacional pero no en el caso del partido de distrito, en el que solo deben tenerse en cuenta los resultados obtenidos en cl ámbito electoral de que se trate.
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:428
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